
La Justicia condenó al Estado provincial a indemnizar con $156.777.575 más intereses a la familia de Nelson Nahuel Fernández, uno de los adolescentes fallecidos en la Tragedia de la Alcaidía de 2011. El fallo responsabiliza al Estado por incumplir su deber de custodia y seguridad.

El Estado provincial fue condenado a pagar $156.777.575 más intereses a la familia de Nelson Nahuel Fernández, uno de los jóvenes fallecidos en la Tragedia de la Alcaidía ocurrida en 2011. La sentencia fue dictada por la jueza Civil Nº5, María Lucía Cano, en el marco de la demanda iniciada en 2022.
Es el segundo fallo civil por el mismo hecho, luego de la resolución que en 2021 reconoció la responsabilidad estatal en la muerte de Franco Sosa, también víctima del incendio.
Las fallas que determinan la responsabilidad estatal
La jueza concluyó que el Estado incumplió su deber de custodia al constatar graves deficiencias en el sector donde se alojaban menores privados de libertad:
presencia de material combustible dentro del espacio, existencia de un elemento apto para iniciar fuego, siete matafuegos sin uso, bocas de agua del sistema antiincendios que no funcionaban, sistema extintor de la celda incompleto, puerta-reja con fallas para abrir y cerrar.
La magistrada remarcó que Nelson, de 15 años, dependía completamente de las condiciones de seguridad dispuestas por el Estado y que, ante una emergencia, no contaba con medios adecuados para abandonar el lugar.
Montos fijados
La indemnización se compone de: $56.777.575,3 por pérdida de chance de ayuda económica futura, $100.000.000 por daño moral,
intereses calculados según la Tasa de Interés Moratorio del Banco Central, costas del expediente a cargo del Estado.
Situación penal
La causa penal permanece en análisis de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, luego del recurso presentado para revisar la resolución que declaró la insubsistencia de la acción penal y sobreseyó a los cuatro policías imputados.
Antecedente
En 2021, otro fallo civil determinó que la falta de requisa y las malas condiciones edilicias posibilitaron el incendio y agravaron sus consecuencias, comprometiendo la responsabilidad estatal por la muerte de Franco Sosa.
La Anmat prohibió la comercialización de todos los productos de limpieza de una misma marca, dos lotes de un hierro inyectable y un medicamento que deberá ser retirado del mercado. Las medidas se adoptaron por falta de registros, robo de unidades y elaboración no autorizada.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la prohibición de tres grupos de productos: una línea completa de artículos de limpieza, dos lotes de un hierro inyectable y un medicamento que además deberá ser recuperado del mercado.
Prohibición de productos de limpieza
El organismo prohibió el uso, comercialización, publicidad y distribución de todos los productos identificados como limpiadores, eliminadores de olores, desinfectantes, aromatizantes y domisanitarios de la marca Qualibest.
La medida se tomó tras detectar que estos artículos se promocionaban y vendían en plataformas digitales sin registro sanitario, sin establecimiento habilitado y sin información sobre sus condiciones de fabricación. La Anmat advirtió que, al desconocerse su formulación y proceso productivo, no puede garantizarse su calidad, seguridad ni eficacia.
Hierro inyectable Yectafer
La Anmat también prohibió la venta del hierro inyectable Yectafer / Hierro 5%, del Laboratorio Rontag S.A., en las presentaciones: 5 ampollas, lote 1-R0730- 10 ampollas, lote 2-R0730
La decisión se adoptó luego de que la empresa informara el robo de unidades durante el acondicionamiento en otra planta. Al desconocerse su estado de conservación, el organismo prohibió su uso y distribución en todo el país.
Medicamento Hessico
Finalmente, se prohibió el medicamento Hessico / hidroxietilalmidón 6 g% solución inyectable, lote 29116, con vencimiento agosto de 2027, de la firma P. L. Rivero y Cía. S.A.
En este caso, además de prohibir su comercialización, la Anmat ordenó el retiro inmediato del mercado e inició un sumario sanitario contra la empresa y su dirección técnica.
El organismo recordó que ya había cancelado la autorización de comercialización de especialidades medicinales con hidroxietil-almidón y que la firma había liberado más de 2.600 unidades en 2025 sin cumplir con el retiro obligatorio. También se constató que la empresa elaboró preparaciones magistrales sin habilitación sanitaria para esa actividad.
Diego, un instructor de pádel argentino radicado en el Reino Unido, obtuvo un año sabático con el 50% de su salario para descansar y visitar a su familia. Su caso expone las diferencias entre los esquemas laborales europeos y la realidad argentina.

Diego, un argentino de 47 años que trabaja como profesor de pádel en Europa, logró un acuerdo laboral que resulta impensado para la mayoría de los trabajadores en Argentina: tomará un año sabático y cobrará la mitad de su sueldo mientras descansa y viaja para ver a su familia.
El instructor explicó que este beneficio forma parte de un esquema laboral del Reino Unido, donde se prioriza el bienestar del trabajador y la retención del personal calificado.
Régimen de vacaciones y feriados
Diego cuenta con: 28 días hábiles de vacaciones al año, totalmente flexibles. 10 feriados anuales. Si trabaja en un feriado, cobra el doble y recibe un día libre adicional.
Licencias y año sabático
El sistema contempla la figura de la “excedencia”, que permite ausentarse temporalmente por motivos familiares, paternidad o descanso físico, conservando el puesto de trabajo.
Para garantizar su regreso, la empresa decidió abonarle el 50% del salario durante todo el receso.
Flexibilidad ante imprevistos de salud
El régimen permite avisar una ausencia por malestar hasta una hora antes del turno, sin certificados médicos inmediatos.
Un contraste con Argentina
La experiencia de Diego evidencia la distancia entre los convenios laborales europeos y la realidad argentina, marcada por: altos niveles de informalidad, vacaciones iniciales de solo 14 días corridos, trámites y exigencias para justificar ausencias por enfermedad, ausencia de licencias sabáticas remuneradas en la mayoría de las actividades.
Mientras en Europa se busca preservar el bienestar y la estabilidad del trabajador, en Argentina predomina la precarización y la falta de beneficios extendidos.